Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho LIGIA ARANGUREN y MARCOS RODRIGUEZ, ampliamente identificados en el encabezado del presente fallo, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora; sociedad mercantil Estacionamiento La Rueda, C.A., contra la sentencia dictada el 29 de junio del 2016 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la acción de nulidad que interpuso la sociedad mercantil Estacionamiento La Rueda, C.A., en contra de la sociedad mercantil INDOICA, C.A., en consecuencia, se declara; i) LA NULIDAD del fallo dictado en fec.....