este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos DIANA LORENA SANTIAGO HERNANDEZ y JESUS DARIO VELANDIA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 17.130.649 y 10.471.864, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y decretada por este Tribunal en fecha dieciocho (18) de junio de 2013, en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintiséis (26) de noviembre de 2010, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Baruta de la Parroquia El Cafetal del Estado Bolivariano de Miranda.-