-III-
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1º Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que, RESOLUCION DE CONTRATO, incoara el ciudadano BRUNO MIGUEL SANTOS FREITAS, en su carácter de Presidente del HOTEL RESIDENCIAL DOÑA TERESA 15610, C.A., contra el ciudadano OSCAR HERNANDEZ, plenamente identificados en el texto del presente fallo.
Asimismo, en virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sal.....