CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado JAVIER L. OCHOA MUÑOZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO ZAPATA DURÁN, contra la sentencia proferida en fecha 9 de agosto de 2007, por la Juez Unipersonal Nº XV del Circuito de Protección de esta misma Circunscripción Judicial, la cual declaró con lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada, en el juicio de Divorcio que incoó el ciudadano JOSÉ GREGORIO ZAPATA DURÁN, plenamente identificado contra la ciudadana ADELAIDA URDANETA SÁNCHEZ, por haberse violado los derechos constitucionales del debido proceso, el derecho a la tutela judicial efectiva, el acceso a una justicia expedita y sin formalismos, y el derecho a la defensa, consagrados en los artículos 26, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia se revoca la sentencia recurrida en Amparo, es decir, la dictada en fecha 9 de agosto de 2007, por la Juez Unipersonal Nº X.....