-III-
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que, por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria), incoara ante este Juzgado el CIRCULO DE LECTORES DE VENEZUELA, S.A., contra las ciudadanas ISABEL TERESA MASSO de MONROY y TERESA ROJAS de MASSO, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo. En consecuencia, se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 06 de noviembre de 2006.
Asimismo, en virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación del presente fallo, conforme a lo establecido en el artíc.....