I I I
En consecuencia y por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguida por la ciudadana MARITZA JOSEFINA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.953.354 contra la Empresa CONSTRUCTORA PARQUE RESIDENCIAL ARBORADA COUNTRY, C.A, inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, quedando inserto bajo el Nº 42, folio vto. 121 y siguiente, Tomo VIII de los libros respectivos correspondientes al año 1.993, y Asamblea Extraordinaria Nº 15, Tomo 7-A de fecha 07 de Julio del 2.005, del Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la persona de su representante legal ciudadano J.....