Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por el abogado, HUMBERTO DECARLI, inscrito en el IPSA bajo el N° 9.928, en su carácter de apoderado judicial de la empresa, YEHEZKEL YADGAR & CIA, S.C.S. (Sisven Seguridad), sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 25, tomo 2-B-Sgdo., en fecha 09 de marzo de 2001; contra el auto de fecha, 06 de agosto de 2015, dictado por el Juzgado 45° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual oyó en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra el auto del 29 de julio de 2015, de se mismo Tribunal, el cual q.....