Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos OSWALDO NICOLAS SANCHEZ y MERCEDES DE LA CRUZ SANCHEZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.531.744 y V-7.955.514, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 28 de octubre de 1986, por ante la Oficina de Registro Principal del Estado Miranda, llevado por la Primera Autoridad Civil del Municipio Higuerote, Distrito B.....