Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en consecuencia se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la de fecha 13 de mayo de 2005, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Calabozo, que declaró Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana Rosa Andreina Pérez contra Comercial Churuguara, C.A.