Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA intentada por los ciudadano JOSE MANUEL ABREUT BETANCOURT, MARIA DEL PILAR ABREUT DE PINHO y JUANA MARIA ABREUT BETANCOURT contra ALEXIS MANUEL LINEROS, por DESALOJO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandado a entregar, libre de personas y bienes y sin plazo alguno, el inmueble constituido por el apartamento 1-A, del Edificio Famara II, ubicado en la Calle Real de Las Minas de Baruta, Callejón Santo Tomás, Las Minas, Municipio Baruta, estado Miranda.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la pretensión de indemnización sustitutiva del canon de arrendamiento a razón de doscientos cincuenta mil bolívares cada mes desde Mayo de 2006 hasta Febrero de 2010.
TERCERO: En virtud de no haber r.....