DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada sociedades mercantiles GRUPO TRUST MEDIATICO 2014 C.A., OMNIVISION C.A., GRUPO CENTAURO INTERNACIONAL C.A., y PATRIACELL C.A., y como consecuencia de ello, CON LUGAR la demanda que por NULIDAD DE DOCUMENTO incoara la organización con fines políticos y con personalidad jurídica ACCION DEMOCRATICA, todos identificados en la parte inicial de este fallo.
Segundo: Como consecuencia del particular anterior, se declara NULO el documento de cesión suscrito entre las sociedades mercantiles OMNIVISION C.A., y GRUPO CENTAURO INTERNACIONAL C.A., en su condición de cedentes, y a la sociedad mercantil GRUPO TRUST MEDIATICO 2014 C.A., en su co.....