En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Marilu Pérez Cartaya y Oswaldo José Goncalves Rodrigues, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 16 de diciembre de 2000, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del estado Miranda, bajo el N° 181, Folio N° 181, Tomo N° 2, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2000.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del estado Miranda y al Registrador Principal del estado Miranda, a los fines legales consiguientes.