Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido el 11 de agosto del 2017, por la abogada Belkis J. López M., en su carácter de apoderada judicial de la co-demandada ciudadana DENISE RONCO DE FIRIOLI, en consecuencia; i) PROCEDENTE la solicitud de suspensión de la medida innominada decretada respecto a mantener a la junta directiva en sus funciones, ii) Se ACEPTA la caución ofrecida el 14 de junio de 2017, por la co-demandada ciudadana DENISE RONCO DE FIRIOLI, quien deberá consignar cheque de gerencia ante el Tribunal Decimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a nombre de dicho tribunal a los fines de la suspensión por parte del re.....