Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MIGUEL ANGEL TORRES HERNANDEZ y JOHANA COROMOTO ROJAS BAPTISTA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.669.896 y V-15.049.531 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha dieciséis (16) de Febrero de 2001, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre, Parroquia Caucaguita del Estado Miranda, asentada bajo el acta Nº 09, Tomo 1, Artículo 70 del Libro de Registro Civil llevado por ante ese Despacho, correspondiente al año 2001. En cuanto a la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto e.....