Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN solicitada y en consecuencia se ordena asentar correctamente en el Acta de Defunción del ciudadano JOSÉ MANUEL ARANGUREN, "que era casado con la ciudadana MAGALLYS JOSEFINA GÓMEZ DE ARANGUREN", y no como aparece asentada en los libros de Registro Civil de Defunciones llevados por el Registro Municipal del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Guárico, bajo el N° 222, folio 436 Fte., de fecha 24 de Mayo de 2005, quedando así rectificada la misma. CUMPLASE.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera In.....