este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por la ciudadana MAGALIS TORRES contra la empresa ENERGIA Y VIDA DE VENEZUELA, C.A..; y en consecuencia se condena a la empresa demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: 1) ANTIGÜEDAD: De conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: La cantidad de Bs. 1.764,00. 2) VACACIONES: De conformidad con lo establecido en el artículo 224 de la Ley Orgánica del Trabajo: La cantidad de Bs. 399,75. 3) BONIFICACIÓN: De conformidad con lo establecido en el artículo 224 de la Ley Orgánica del Trabajo: La cantidad de Bs. 186,55. 4) VACACIONES FRACCIONADAS: De conformidad con lo establecido en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo: La cantidad de Bs.....