Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, mediante la cual se declaró: Homologado el desistimiento tanto de la acción como del procedimiento ejercido por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
Consecuencia de lo anterior, se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el quince (15) de octubre de 2013, decaída sobre el inmueble propiedad del demandado.
Devuélvanse los documentos originales solicitados, previa consignación de los fotostatos necesarios.