Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos HUGO DE JESÚS PARRA GÓMEZ y MERCEDES ILEANA PAEZ QUIÑONES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.708.342 y V-6.196.974 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 07 de Agosto de 1991, por ante el extinto Juzgado Segundo de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), quedando asentado dicho acto en Acta N° 19, inserta al folio 19 y vto del Libro de Matrimonios del año 1991 lleva.....