En el día 16/02/07, se dictó sentencia mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, solicitada por los ciudadanos PIERO GIORGIO BUOMPADRE y WALESKA MARGARITA DI GERONIMO DE GIORGIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 6.401.752 y Nº 10.182.715, respectivamente.