Declara: 1.- CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano el ciudadano CARLOS JAVIER HIDALGO contra la empresa CARACAS GAS CA, así como en forma personal contra los ciudadanos ITALIA PACE, MARIA DOMINICA DI BATTISTA PACE y SANDRA DI BATTISTA PACE, ambas partes suficientemente identificadas a los autos, partes suficientemente identificadas en autos. 2.- Se condena en costas a los codemandados por haber resultado totalmente vencido, en atención al art. 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. 3. Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy –exclusive.-