Este Tribunal, visto el acuerdo celebrado entre las partes y por cuanto no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de COSA JUZGADA. Asimismo, se establece que las partes deberán dejar constancia de los pagos en el expediente. Se deja constancia de la entrega de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: