En este estado, vista la anterior transacción celebrada entre las partes, este Juzgado HOMOLOGA en los términos, confiriendo a la misma los efectos de cosa juzgada del modo en que lo prevé el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda la expedición de dos copias certificadas de la presente acta por Secretaría. y se da por concluida la audiencia.