Por todos los razonamientos antes expuestos, este Séptimo Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: UNICO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la Sociedad Mercantil Atom Travel, C. A., contra la providencia administrativa N° MIR-29-IE-13-1038, de fecha 02 de abril de 2014, dictada por el medico ocupacional del servicio de salud laboral de la dirección estadal de salud de los trabajadores Zulia (Diresat), ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana Jeanoaselly Guevara Cardozo.