Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de SME y de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 27 de enero de 2017, por el cual declaró sin lugar la impugnación propuesta por la parte actora contra la experticia complementaria del fallo consignada en autos por el experto designado al efecto, el cual queda confirmado, aunque con distinta calificación. SEGUNDO: Inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por la parte actora contra la experticia complementaria del fallo consignada en autos el 20 de diciembre de 2016, por el experto designado, Lic. José Rafael Herrera Acosta. TERCERO: Se imponen las costas del recurso a la.....