DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo (8°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de la apelación interpuesto por el Tercero Beneficiario contra la decisión de fecha 01 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada con diferente motivación. TERCERO: CON LUGAR LA ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD incoada por la representación judicial de la parte recurrente sociedad mercantil BANCO DE COMERCIO EXTERIOR (BANCOEX), en contra de la Providencia Administrativa de efectos particulares contenida en la decisión Nº 215-15, de fecha 27 de abril de 2015, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN MI.....