DECISIÓN
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria, interpuesta por ciudadana MARIBET HELEN MARTINEZ DE ROJAS, asistida por la abogada CELIA MARIA DE ANDRADE DE FREITES, plenamente identificadas.
No hay especial condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.caracas.scc.org.ve, según resolución 03-2020, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha 28 de julio de 2020. Deje copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Despacho del Juzgado Décimo Prime.....