.-La cuarta parte de la pena impuesta es de DOS (2) AÑOS, SEIS (6) MESES, DOCE (12) DÍAS y DOCE (12) HORAS, y como quiera que la penada de marras ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de: UN (1) AÑO, ONCE (11) MESES y VEINTIÚN (21) DÍAS hasta el día de hoy, se entiende que aún le falta por cumplir de tal remanente de pena, un tiempo de: SEIS (6) MESES, VEINTIÚN (21) DÍAS y DOCE (12) HORAS, es decir que a partir del día 06 de Diciembre de 2006 a las 12:00 m., podrá la penada optar al Destino de DESTACAMENTO DE TRABAJO, previo a los requisitos establecidos en la Ley.-
.-La tercera parte de la pena impuesta es de TRES (3) AÑOS, CUATRO (4) MESES, DIECISÉIS (16) DÍAS y DIECISÉIS (16) HORAS, y como quiera que la penada de marras ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de: UN (1) AÑO, ONCE (11) MESES y VEINTIÚN (21) DÍAS hasta el día de hoy, se entiende que aún le falta por cumplir de tal remanente de pena, un tiempo de: UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS y DIECIS.....