Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por DISTRIBUIDORA POLAR CENTRO OCCIDENTAL S.A. (DIPOCOSA), en contra del auto de fecha 22 de febrero de 2007, el cual negó la apelación ejercida por la demandada en fecha 23 de enero de 2007 y ratificada el 13 de febrero de 2007, en contra del auto de fecha 18 de enero de 2007 que fijaba nuevamente para el 12 de marzo de 2007 la oportunidad de realizar la audiencia de juicio.