III
DECISIÓN
En consecuencia, esta Juzgadora en acatamiento de lo dictaminado en la referida Ley y por las motivaciones precedentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente procedimiento que por motivo de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO fue incoado por los ciudadanos AGOSTINHO MARÍA RODRIGUES VARUM y MARÍA MARQUES DE RODRIGUEZ contra la ciudadana INGRID COROMOTO CORONIL MUJICA, pues las partes intervinientes en el presente juicio deben acudir previamente al organismo administrativo correspondiente, adscrito al Ministerio con competencia en Materia de Hábitat y Vivienda, a los fines de agotar el procedimiento previo antes de la vía judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital de la República, a los dieciséis (16) días del mes de Mayo del año .....