En cuanto a las medidas alternativas de cumplimiento de la pena a las que podrá optar el penado anteriormente señalado, tenemos:
1.-DESTACAMENTO DE TRABAJO: A partir de una cuarta (¼) parte del cumplimiento de la pena impuesta, o sea: 1año y 6 meses de prisión, que ha cumplido en exceso.
2.-RÉGIMEN ABIERTO: A partir de la tercera parte del cumplimiento de la pena impuesta, es decir, 2 años de Prisión, que cumplió en exceso.
3.-LIBERTAD CONDICIONAL: A partir del cumplimiento de las dos terceras partes de la pena impuesta, es decir, 4 de Prisión, que fue cumplida en exceso.
En cuanto a la Conmutación de la Pena por Relegación a una Colonia Penitenciaria o Confinamiento, se observa, que el penado SIMEÓN CASANOVA, podrá optar a partir del cumplimiento de las tres cuartas (¾) partes de la pena, es decir, 4 años y 6 meses de prisión, que fue cumplido en exceso.
Notifíquese la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, al penado a cuyos efectos se ordena su traslado .....