DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, NIEGA la solicitud de revisión de Medida Judicial Privativa y Preventiva de Libertad, decretada en contra de la imputada LISBETH DANIELA GIL MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.911.448, en fecha 08-07-07, y en tal sentido mantiene incólume la medida impuesta a la mencionada imputada en las mismas condiciones en las que fue decretada.
Publíquese, Regístrese, notifíquese y diarícese la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. TAYRY ELENA MENDEZ
LA SECRETARIA
Abg. ETEL POLO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. ETEL POLO
Causa Nro. 10274-07
TEM-EP-Mileidy***.-