DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 4 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara responsable penalmente al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, identificado en esta decisión por la comisión del delito de: POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, imponiéndole como sanción la medida de Libertad Asistida, para ser cumplida por un tiempo total de Dos (02) años, conforme a lo dispuesto en los artículos 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Diarícese, publíquese y regístrese en la sala de este despacho, en Caracas a los Dieciséis (16) días del mes de Julio de 2007.
LA JUEZ
DRA. ZULAY UMANES CASTILLO
LA SECRETARIA (s)
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