"...Vista la manifestación del notificado, así como la solicitud de la parte ejecutante, este Tribunal acuerda: PRIMERO: Agregar a la presente acta las copias simples consignadas constante de dos (02) folios útiles, para que formen parte integrante de la misma y SEGUNDO: Devolver la presente comisión original y resultas, al juzgado de la causa, para que se informe de las actuaciones respecto al cumplimiento de la presente acción de amparo constitucional, y continúe con la vigilancia sobre el cumplimiento de su propia decisión, así como, establecer las responsabilidades a que haya lugar, de ser el caso que se verifique el desacato por parte de la querellada..."