“…este Tribunal Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara secuestrado el inmueble y siguiendo los lineamiento del mandato lo pone en posesión de la parte ejecutante, representada en este acto por su apoderado judicial abogado JAVIER ALBERTO IÑIGUEZ ARMAS, suficientemente identificado en autos e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº39.163, quien aceptó conforme en nombre de su representada…”