este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; y asimismo se declara terminado el presente acto, ordenando la devolución del material probatorio, dejándose establecido que se dará por terminado la causa y se ordenará el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento total de la obligación. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Antes de finalizar la representación de la parte demandada solicita el derecho de palabra a los fines de exponer: solicito la devolución del poder cursante a los folios 31 al 34, ambos inclusive, es todo. Acto seguido, quien decide, vista la solicitud que antecede acuerda la devolución del poder cursante a los folios 31 al 34, previa su certifica.....