Por las razones antes expresadas, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza, de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara la INCOMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer de la presente causa de solicitud de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana CARMEN ROSA ORTUÑO MAGALLANES, venezolana, mayor de edad, soltera, Docente, titular de la cédula de identidad Número 8.568.602, domiciliada en la casa sin número ubicada en la Carretera Nacional, Troncal 13, vía Zaraza – Tucupido, sector Las camazas, Municipio pedro Zaraza del estado Guárico, asistida del Abogado RAFAEL ANTONIO MORALES ZAMORA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 80.765, domiciliado en la ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico. En consecuencia, se de.....