Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, contra FAIZ SALEN SALIM, ambas partes identificadas anteriormente en el presente fallo.
Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte demandada.
A tenor de lo señalado en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil se ordena la notificación del presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolita¬na de Caracas, en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del dos mil seis (2.006). Años 196º de la Inde¬pendencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ,
Dr. LUI.....