Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE a los Tribunales Laborales para conocer de la presente intimación. SEGUNDO: SE DECLARA COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte seleccionado por distribución, para que conozca de la intimación de honorarios intentada por los abogados Juan Pérez Aparicio y Egdy Gisela Weffer contra la ciudadana Jackeline Coromoto Cuevas Gil. TERCERO: SE ANULA el auto Apelado. CUARTO: Se ordena la remisión del expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que remita el expediente al Juzgado d.....