Por los razonamiento de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos RAFAEL RODRIGUEZ, MARIELBA VELANDIA DE VIERA y ANA MARIA PAOLETTI DE ROJAS, antes identificados en contra de MARIA ALEJANDRA RODRIGUEZ RAMIREZ, antes identificada.