DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por los Abogados Richard Toledo Carpio y Yaneth Tiniacos Chirinos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 97.131 y 36.956, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana BELKIS CECILIA RANGEL CASTILLO, en el juicio que por Petición de Herencia incoara en contra de las ciudadanas PAULA BONGIOVANI y LAURA BONGIOVANI, todos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta las siguientes medidas nominadas: