Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Se deja constancia que se hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ,
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO,
HÉCTOR RODRÍGUEZ
PARTE ACTORA Y SU APODERADA JUDICIAL
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA