esta Juez Unipersonal Nro. 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, conforme a lo dispuesto en el Artículo 138 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 177, parágrafo 4° literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, sin perjuicio de terceros y sin entrar a prejuzgar lo dicho por los testigos promovidos, concede a la ciudadana INGRID JEANET BASTOS DE AVILA, ut supra identificada, Autorización para Separarse Temporalmente de la residencia común, con sus enseres y demás pertenencias personales indispensables y residenciarse la siguiente dirección: Barrio Los Cascabeles, Sector Las Torres, Calle Revolución, Casa Nro. 5-G, Antímano, Caracas, Distrito Capital.- Así se declara.-