En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Sociedad Mercantil EURODISTRIBUCIONES, C.A., como obligada principal y los ciudadanos JESÚS RAMÓN CHALMELO DAGGER y CAROLINA LORENZO AZÓCAR, en su carácter de avalistas, por COBRO DE BOLIVARES, todos ampliamente identificados en el encabezamiento de esta decisión.