Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulado por los ciudadanos MIRIAM STELLA VIVAS DE MARTÍNEZ y JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ CASTILLO, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.104.076 y V-10.336.444, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 29 de diciembre de 1989, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 133, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.