antil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y de conformidad al criterio jurisprudencial parcialmente trascrito, el cual esta Superioridad hace suyo, declara: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado ALFREDO JOSÉ D`ASCOLI CENTENO, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra el fallo dictado por este juzgado en fecha 13 de diciembre de 2023, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (INCIDENCIA) siguen los ciudadanos ERNESTO FEDERICO BRANGER LLORENS y GIORDANA TERESA MÁRQUEZ DE BRANGER, contra el ciudadano TOM RAÚL SÁNCHEZ AYALA; pues en el presente caso se evidencia que el fallo recurrido dictado por este tribunal es una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio, por lo que, no encuadra dentro de las decisiones pasibles del referido recurso extraordinario de conformidad con .....