IV
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de Resolución de contrato de Arrendamiento interpuesta por la sociedad mercantil de este domicilio denominada ADMINISTRADORA YURUARY, C.A. inscrita ante el registro Mercantil, bajo el No, 67, tomo 97-a de fecha 9 de Agosto de 1977, en contra de la ciudadana MANUELA IGNACIA VIEIRA GOMEZ, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad No. 5.611.194; en consecuencia se declara resulto el Contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes desde el día 1º de Julio de 2009 y se condena a la parte demandada ciudadana MANUELA IGNACIA VIEIRA GOMEZ, a: PRIMERO: A la entrega material del bien inmueble constituido por una casa-quinta denominada "ELENA". ubicada en la Aveni.....