Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de enero de 2009. Segundo: Se modifica la decisión recurrida que declaró con lugar la reclamación realizada contra la experticia complementaria del fallo presentada en fecha 30 de junio de 2008, debiendo pagar la demandada a favor de la actora la cantidad de ciento doce mil doscientos cincuenta y seis bolívares fuertes con sesenta y cuatro céntimos (Bsf. 112.256,64), todo ello e.....