III. DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SE HOMOLOGA el Desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada SERVICIOS MACRIS 18, C.A., contra la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano FRANK AUGUSTO LUCES JURADO, contra la entidad de trabajo SERVICIOS MACRIS 18, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.