En este Estado la apoderada de la parte actora, expone: " Me reservo el derecho de practicar la medida de embargo preventivo en otra oportunidad, por tal razón solicito se mantenga la presente comisión en este Juzgado". Acto seguido, el Juez ordena mantener la presente comisión en el Tribunal, hasta tanto se materialice el Embargo Ejecutivo. Es todo, el Tribunal, cumplida como ha sido su misión