Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por el abogado en ejercicio Gerardo Ponce Reyes, apoderado de la parte actora Operadores Marinos JCX, C.A. y por el abogado en ejercicio José Ramón Varela Varela, actuando como apoderado judicial de la parte demandada Energy Coal de Venezuela, C.A.; en consecuencia, CONFIRMA la sentencia de fecha treinta (30) de enero de 2017, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas.
Dado que ambas partes recurrieron del fallo y las apelaciones fueron declaradas sin lugar, no hay condenatoria en costas.